Conoce tu Unidad Rincones de San Diego
Formas de Pago
Para llevar un adecuado control de los pagos de las cuotas de administración y ofrecer múltiples opciones de pago a los propietarios. La copropiedad cuenta con los siguientes medios de pago:
Sucursal Bancolombia
Si va a realizar el pago en una oficina Bancolombia y posee la tarjeta de recaudo, debe presentarla en la caja e indicar el valor a pagar según su cuenta de administración.
En caso de no poseer la tarjeta de recaudo, le recomendamos solicitarla en la oficina de la administración, dado que el pago sin tarjeta genera sobrecostos para la copropiedad. Si va a realizar el pago sin tarjeta de recaudo, proporcione el número del convenio 11057 y el número de su apartamento.
Por su tranquilidad, conserve el comprobante del pago y si está seguro de haber colocado bien el número de su inmueble, no es necesario enviarlo a la administración.
Inscripción de cuenta - Sucursal virtual Bancolombia
Puede realizar el pago de la administración, a través de la sucursal virtual de Bancolombia. Si desea inscribir la cuenta en su sucursal virtual, siga estos pasos:
- Ingresar a la sucursal virtual persona o empresa (desde donde desee realizar el pago)
- Seleccione la opción pagos
- Luego facturas
- Luego inscripción
- A continuación selecciona en CATEGORÍA: ADMINISTRACIONES, Y luego busca el convenio EDIF. RINCONES DE SAN DIEGO 11057
- Digita el número de la casa
- De clic en aceptar
Una vez realizados estos pasos, la cuenta quedará inscrita. Para realizar su pago, ingrese a la sección de pagos, facturas, seleccione la cuenta inscrita anteriormente y realice el pago, recuerde poner el número del apartamento.
PAC Bancolombia
- Deslice la tarjeta débito Bancolombia de izquierda a derecha en el PAC electrónico.
- Seleccione Pagos – Pagos a Terceros – Escoja el tipo de cuenta origen (Desde donde se debitará el dinero)
- Mensaje “Operación puede tener costo”. 1. Para continuar, 2. Ver costo
- Deslice la tarjeta de recaudo empresarial por la ranura del PAC
- Digite el valor a pagar, confirme con la tecla OK – Digite la clave
- Luego el PAC mostrará que la transacción se encuentra en proceso.
- Espere la confirmación de la transacción.
Conserve su comprobante, sin embargo, si colocó bien el código del apartamento, no es necesario enviarlo a la administración.
Débito automático Bancolombia
Se solicita el formato en cualquier sucursal de Bancolombia para la inscripción de la cuenta y se coloca el código del convenio 41726
Botón PSE – Pago en Línea
Para realizar su pago por medio de PSE da clic aquí o ingresa a la sección transacciones, selecciona el botón de Sucursal Virtual, en el interior selecciona Pago en Línea, luego selecciona el nombre de tu unidad, diligencia el formulario que aparece a continuación y sigue las instrucciones del sitio web para realizar la transacción.
Información General
Estos datos pueden serle útiles si necesita información general de su copropiedad.
Dirección: Calle 30 No. 43 – 17
Teléfono de la portería: 570-01-79
NIT: 811.003.168-4
Normatividad
Conoce las normas y disposiciones que deben acatarse para una buena convivencia en comunidad:
Normatividad sobre reformas
Señor propietario,
La administración se permite recordarle algunas normas y disposiciones que deben acatarse respecto a las reformas y reparaciones en los apartamentos, las cuales están contenidas en el manual de convivencia del edificio:
REFORMAS
- Cuando se pretenda introducir a la propiedad de dominio exclusivo cualquier modificación, el propietario que se propone adelantarlas, deberá someter los planos al consejo de administración (ó a la asamblea, según sea el caso) quienes deberá autorizar por escrito, si con ello no se compromete la seguridad y solidez de la edificación, ni se afecta la salubridad, los servicios comunes y fachada de la misma. Antes de dar la autorización, el consejo verificara si el propietario se encuentra a paz y salvo con la copropiedad y si obtuvo la aprobación de las autoridades (curaduría y planeación) en los casos en que este sea necesario.
- Toda reforma que afecte la fachada del Edificio debe ser aprobada la asamblea de copropietarios.
- No está permitido cambiar el color y forma de las fachadas, balcones y en general cualquier estructura que modifique la uniformidad del edificio.
- Las rejas para ventanas exteriores y puerta vidriera deberán ser colocadas en el interior del inmueble y no sobre la fachada exterior.
- Las rejas de protección a las puertas de acceso principal a los inmuebles, podrán ser colocadas en el interior del marco de la misma, no por fuera de ésta.
- Las puertas de acceso principal al inmueble no podrán ser cambiadas por ningún motivo.
- La construcción de domos en terrazas de los apartamentos se deben hacer de acuerdo con la ficha técnica y planos aprobados por la asamblea de copropietarios.
- No se podrán instalar equipos de aire acondicionado, cuando sea necesario romper la fachada, salvo autorización por escrito de la asamblea de copropietarios, para lo cual deberá presentar los planos de ubicación del equipo, especificaciones técnicas del mismo y sistemas de desagüe.
- Si va a realizar reformas en el interior del apartamento debe tener en cuenta los siguientes aspectos :
- Para el ingreso de trabajadores se debe entregar la fotocopia de la cédula de ciudadanía de cada trabajador y un memorando de autorización del ingreso con el número del apartamento y el nombre del propietario en la portería. En caso de faltar estos documentos no se permitirá el ingreso de trabajadores. Asimismo, se debe informar cuando se finalicen los trabajos.
- Los horarios para los trabajos en el Edificio son de lunes a viernes de 8:00 am a 6:00 pm y los sábados de 8:00 am a 12:00 pm. Lo anterior, para evitar disturbios a los demás residentes.
- Las basuras y/o escombros de la reforma deben ser botadas por cada propietario, no se permite tirar escombros por el chute ni dejarlos en las zonas comunes del edificio. En caso de dejarlos en las zonas comunes la administración los botará y cargará el valor de dicho trabajo en la cuenta de administración.
- Los escombros debidamente empacados en costales se podrán ubicar en el parqueadero de su propiedad, por un plazo no superior a 8 días calendario.
- Los daños causados en áreas privadas o comunes que resulten de esta reforma, deben ser reparados por cuenta de quién los causó.
MANEJO DE DESECHOS Y ESCOMBROS
- En las zonas comunes existe canecas para las basuras menores, con el fin de mantener limpia la unidad. Evitemos arrojar basuras al piso.
- Al depositar la basura en el chute, ésta debe ir almacenada correctamente en bolsas plásticas, debidamente selladas o marcadas y en tamaño adecuado que no causen daño al ducto. No se deben arrojar basuras grandes, palos, escombros, vidrios o botellas.
- Los productos reciclables deben ser colocados en la caneca para tal fin situada en el sótano, en bolsa verde, debidamente sellada. O debe ser dejada en el cuarto de basuras, no se debe arrojar por el chute de basuras.
- No arrojar colillas de cigarrillos, escurrir traperos, escupas, basuras o cualquier otro tipo de objetos por las ventanas y balcones.
- No se permite barrer hacia los puntos fijos, así conservaremos éstos aseados.
- Los escombros provenientes de reformas locativas de bienes privados, son responsabilidad de cada propietario o residente y a él corresponde su manejo, y no podrán utilizar los parqueaderos y zonas comunes para depositarlos.
Manual de convivencia
MANUAL INTERNO DE CONVIVENCIA
UNA GUÍA PARA DISFRUTAR MÁS DEL EDIFICIO
EDIFICIO RINCONES DE SAN DIEGO
Cada vez más personas viven y trabajan en propiedades horizontales. Esto nos obliga a aprender a compartir con otras personas los servicios comunes. Este es un ejercicio que nos exige a diario aprender a vivir y a trabajar en comunidad, a pensar más allá del interés particular para trabajar por el interés colectivo. En propiedad horizontal, el bienestar de cada usuario depende en gran medida del comportamiento de sus vecinos.
Este manual de convivencia, se diseñó con el fin de que contribuya a que cada uno de los residentes del edificio pueda disfrutar a plenitud de su bien privado, a la vez que hace uso de las ventajas y servicios que le ofrece la propiedad horizontal.
Las normas que se encuentran en este manual están basadas en el reglamento de propiedad horizontal del Edificio y en las disposiciones del consejo de administración y son de obligatorio cumplimiento para todas las personas que viven, trabajan o visitan el edificio.
LEA ATENTAMENTE Y CONSERVE A MANO ESTE MANUAL
- INTRODUCCIÓN
ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL EDIFICIO
ASAMBLEA DE COPROPIETARIOS
Qué es?
Es el organismo máximo de dirección y administración, conformada por todos los propietarios de bienes privados. En la asamblea se toman las decisiones claves para el manejo de la copropiedad. Todos los propietarios tiene derecho a participar y votar en ella. El voto de cada propietario equivaldrá al porcentaje de copropiedad de su respectivo bien.
Cuándo se reúne?
La asamblea se reúne ordinariamente el día del mes de marzo que señale el administrador o el consejo de administración para examinar la situación general del edificio, aprobar los estados financieros del año anterior y presupuesto del año presente. Y se reúne extraordinariamente en cualquier fecha cuando las circunstancias lo ameriten. Las reuniones de asamblea deben ser citadas con una antelación no inferior a 15 días calendario.
Para que la asamblea pueda deliberar es necesario que en la reunión esté representado más de la mitad de los coeficientes de copropiedad, a excepción de los casos específicos planteados en la ley 675 de 2001 que requieren el 70% de los porcentajes.
Las decisiones adoptadas de acuerdo con las normas legales son de obligatorio cumplimiento para todos los propietarios, inclusive los ausentes.
Funciones :
- Reformar el reglamento de propiedad horizontal.
- Elegir los miembros del consejo de administración, comité de convivencia y el revisor fiscal.
- Aprobar o improbar los estados financieros y el presupuesto anual de ingresos y gastos y acordar las cuotas de administración.
- Reglamentar la utilización de los bienes comunes.
- Decretar las cuotas extraordinarias para los copropietarios cuando el presupuesto ordinario sea insuficiente para realizar una mejora.
- Delegar en el consejo de administración y en el administración algunas de las atribuciones que le confieren la ley y el reglamento.
- En general, ejercer todas las atribuciones que le correspondan de acuerdo con la ley y con el reglamento de propiedad horizontal.
EL CONCEJO DE ADMINISTRACIÓN
Qué es?
Es el órgano que actúa en representación de todos los propietarios, para hacer cumplir las decisiones de la asamblea y supervisar la gestión de la administración.
Esta integrado por 5 miembros principales y 5 suplentes elegidos por la asamblea para un periodo de un año.
Funciones :
- Dar concepto a la asamblea sobre el presupuesto general y sobre la gestión de la administración.
- Nombrar el administrador, fijar sus funciones y señalar la política administrativa del edificio.
- Delegar en el administrador la facultad de nombrar, remover, fijar funciones y remuneraciones a los empleados de la copropiedad.
- Proponer a la asamblea la realización de programas de mejoras para la propiedad.
- Vigilar las medidas de seguridad del edificio y cuidar que se contraten los seguros para las zonas comunes.
EL COMITÉ DE CONVIVENCIA
Qué es?
Es una instancia creada por la ley 675 de 2001 que busca contribuir a la solución de conflictos que puedan surgir entre los propietarios o tenederos del edificio, o entre ellos y el administrador o el consejo de administración, en razón de la aplicación o interpretación de la ley o el reglamento de propiedad horizontal.
Esta conformado por 3 miembros elegidos por la asamblea por un periodo de un año y se podrá reunir cada vez que lo considere conveniente. Debe velar por el cumplimiento y actualización permanente del manual de convivencia de la copropiedad.
Este comité contribuye con la armonización de las relaciones de la comunidad dirimiendo las controversias y fortaleciendo las relaciones de vecindad.
LA ADMINISTRACIÓN
Qué es?
Es la persona natural o jurídica, en la cual se delega el manejo administrativo de la propiedad horizontal, es a su vez el representante legal de la copropiedad. En consecuencia, es quien representa judicial y extrajudicialmente a la persona jurídica, en todos los actos y contratos que se relacionen con la actividad normal de la propiedad horizontal.
Funciones :
- Convocar a la asamblea y al consejo de administración a reuniones ordinarias y extraordinarias.
- Preparar el presupuesto de ingresos y egresos y someterlo a la aprobación de la asamblea.
- Realizar el cobro de las cuotas de la administración a los propietarios.
- Aplicar las sanciones que autoriza el reglamento.
- Llevar los libros de actas y de registro de propietarios.
- Contratar y manejar el personal requerido para el funcionamiento del edificio.
- Cuidar y vigilar los bienes comunes y realizar los contratos necesarios para el funcionamiento y conservación del edificio.
- En general, celebrar los actos y contratos aconsejables para una buena administración dentro de las prescripciones del reglamento de propiedad horizontal.
EL REVISOR FISCAL
Quién es?
Es un contador público titulado nombrado por la asamblea por periodos de un año, el cual no podrá tener relación directa con el administrador, el consejo de administración o el contador.
Funciones :
- Fiscalizar la situación financiera y económica de la propiedad horizontal e informar a la asamblea.
- Revisar y controlar los pagos, ingresos y operaciones que realice el administrador, velando para que se ajusten a las disposiciones de la ley, el reglamento y la asamblea.
LOS EMPLEADOS DE LA COPROPIEDAD
La copropiedad como cualquier organización, requiere de un personal competente y dispuesto a desarrollar una gestión eficiente que responda a las necesidades del edificio en cuanto a mantenimiento, seguridad, aseo y operación en general.
Con el fin de que usted apoye la supervisión de los empleados, se beneficie de sus servicios y mantenga muy buenas relaciones con ellos, le sugerimos :
- Mantener una actitud de respeto y buen trato.
- Colaborar con el buen desempeño de sus labores, respetando los programas de trabajo que la administración asigna a cada uno.
- Comprender que no pueden emplearlos para asuntos privados.
- Valorar y reconocer su trabajo.
- Acatar las instrucciones y normas que el empleado hace cumplir.
La copropiedad cuenta con los siguientes cargos creados para garantizar su óptimo funcionamiento :
Oficios varios : 2 personas
Isabel Montes (tiempo completo)
Beatriz Montoya (medio tiempo)
Porteros : 2 personas, que pertenecen a la empresa de vigilancia privada Coopevian.
Estas personas trabajan exclusivamente para la copropiedad, en caso de ser contratados en su tiempo libre para algún trabajo. La copropiedad no se hará responsable de hechos que perjudiquen a la persona contratante.
PRESUPUESTOS Y CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN
El edificio tiene un presupuesto anual aprobado por la asamblea de copropietarios, el cual se apoya en los dineros que ingresan por pago de administración, por lo tanto se recomienda ser muy cumplidos con los pagos mensuales porque si estos dineros no ingresan, no se puede cumplir con los compromisos que se tienen y el manejo del edificio se verá afectado por ello.
La cuenta de administración se entrega los primeros 5 días de cada mes en la portería. Es responsabilidad de cada propietario recogerla mensualmente.
Dicha cuenta debe ser cancelada antes del 20 de cada mes, ya sea en cheque cruzado a nombre de Edificio Rincones de Sandiego o consignando en la cuenta corriente de Bancolombia No. 005-003995-28 a nombre del Edificio y dejando el recibo de consignación en la portería o enviándolo al fax estipulado en la cuenta de cobro. No se recibe efectivo, en caso de dejarlo en la portería será responsabilidad del propietario por robo o pérdida.
En caso de que no se cancele la cuota en el término previsto, en la cuenta de cobro siguiente se le facturará el saldo pendiente más los respectivos intereses de mora a la tasa aprobada cada año por la asamblea de copropietarios.
Las cuentas de administración con tres meses de mora serán enviadas al abogado para su respectivo cobro jurídico. Los honorarios del abogado correrán por cuenta del propietario. Además, se le cancelarán los servicios de administración como citofonía, correspondencia, gaseosas y leche, hasta tanto se halle a paz y salvo o se halla llegado a un convenio de pago con la administración.
Evite que aparezca en la lista de cobros jurídicos, sea cumplido con los pagos, estar a paz y salvo proporciona una serie de derechos, que de lo contrario no se podrán exigir.
- NORMATIVIDAD PARA USO Y GOCE DE ZONAS PRIVADAS Y COMUNES
Uso de los bienes privados
Los bienes privados del edificio Rincones de Sandiego, podrán ser utilizados de acuerdo la siguiente destinación :
- Los apartamentos sólo podrán destinarlos a vivienda.
- Las oficinas y locales a negocios que no estén restringidos por el reglamento de propiedad horizontal.
- Los parqueaderos al estacionamiento de vehículos, motos o bicicletas. No se permite colocar muebles, escombros y otro tipo de artículos.
- Los cuartos útiles al almacenamiento de objetos.
Obligaciones para con los bienes privados
- Todo propietario o residente deberá ejecutar de inmediato las reparaciones en su apartamento, que estén ocasionando o puedan ocasionar perjuicios a los bienes comunes del edificio o a los bienes privados de otros propietarios.
- En caso de que algún residente o propietario, transcurridos 30 días, no realice la reparación, la administración mediara para ejecutar los trabajos y luego hará los respectivos cobros, previa notificación por escrito del evento y su valor.
- Al regar el jardín y lavar las ventanas tenga en cuenta en utilizar el medio y el agua adecuada para evitar mojar los vidrios y terrazas de los vecinos.
Manejo de la portería
- Están prohibidas las visitas en la portería.
- Los dineros y llaves dejadas en portería son bajo responsabilidad y riesgo de quien los deja.
- Los paquetes que se dejan en portería no podrán permanecer más de 24 horas, después de las cuales se devolverán a los respectivos apartamentos.
- Los porteros desempeñarán únicamente las funciones asignadas a su puesto y no podrán atender ventas o negocios particulares.
Ingreso o salida del Edificio
- Todo propietario o no propietario residente que ingrese a habitar un apartamento, oficina o local, debe diligenciar la ficha de residente ante la administración del edificio, con el fin de mantener actualizadas las bases de datos.
- Todo propietario o no propietario residente que desee abandonar definitivamente el edificio, deberá obtener el paz y salvo ante la administración y la autorización de salida del propietario o agencia de arrendamientos, en caso de ser arrendatario.
- Las mudanzas de entrada y salida de la urbanización se deberán realizar entre las 7:00 AM y las 6:00 PM de lunes a sábado exclusivamente, no se permiten mudanzas los domingos y festivos.
- Cualquier daño que ocurra durante un trasteo en las zonas comunes del edificio, debe ser reparado en un plazo máximo de 15 días calendario, en caso de no haberse hecho la reparación en este tiempo, la administración procederá a reparar el daño con cargo a la cuenta de administración del mes siguiente. Los propietarios son responsables por los daños ocasionados por los arrendatarios del apartamento.
Visitantes
- Sólo se permite el ingreso al Edificio de los visitantes cuya entrada haya sido autorizada previamente por el respectivo residente adulto, a través del portero de turno.
- Mientras no se encuentre la(s) persona(s) responsables del apartamento no se permite la entrada de visitantes, empleadas del servicio o trabajadores a dicho inmueble, salvo autorización escrita del responsable, donde conste el nombre y número de cédula de la persona autorizada.
- No se permite el ingreso de visitantes autorizados por el residente ausente a las zonas comunes del edificio.
- En cualquier circunstancia, el residente al autorizar el ingreso de un visitante es responsable del comportamiento de su visita.
- No se permitirá el libre desplazamiento de un visitante por sitios diferentes a aquel al que le fue autorizado su ingreso, si no está en compañía del residente.
Vía de acceso a la unidad
- Esta prohibido parquear vehículos en la zona de acceso a los parqueaderos.
- Está prohibido parquear vehículos o motos en la zona de adoquín externa del edificio.
Vehículos
- Los vehículos deben estacionar dentro de las líneas demarcadas de cada parqueadero, de tal modo que no obstaculicen la circulación de los demás vehículos.
- Una vez estacionado el vehículo, no se deberán utilizar equipos de sonido, para escuchar música a alto volumen.
- Esta prohibido el lavado de vehículos con mangueras y con agua obtenida en zonas comunes.
- Todo propietario o no propietario residente será responsable por los daños que él, sus hijos o visitantes causen a otro vehículo, las diferencias que de esto ocurra, serán resueltas por la autoridad competente.
- Esta prohibido la conducción de automotores por parte de menores de edad, sin licencia expedida por la autoridad competente, en caso contrario los padres se harán directamente responsables de cualquier daño o accidente que causen.
- La enseñanza de conducción dentro del edificio queda totalmente prohibida.
- No se permiten reparaciones mecánicas dentro del edificio.
- Las motos y bicicletas no se podrán parquear ni guardar en zonas comunes no destinadas para tal fin.
- Se debe tener prudencia con los carros y motos que ocasionan demasiado ruido, para que no se prendan a altas hora de la noche o en la madrugada.
- Todo vehículo se debe dejar bien cerrado y no dejar objetos de valor en su interior, la administración no se hace responsable por vehículos ni objetos dejados dentro de estos.
- Está prohibido el ingreso de taxis al edificio, exceptuando transporte de personas enfermas o aquellos casos donde el portero de turno verifique que se requiere y autorice su ingreso.
- La velocidad máxima en las vías internas no debe exceder los 20 Km/h.
- No está permitido estacionar vehículos con capacidad superior a una tonelada (buses, camiones, etc.)
Parqueaderos de visitantes y privados
- Cada propietario o residente debe estacionar su vehículo solamente en su parqueadero privado.
- Está prohibido alquilar parqueaderos a personas que no residan en el edificio.
- Los parqueaderos de visitantes son para tal fin, y por lo tanto se restringe el uso para fines diferentes. En caso de que éste sea usado para parqueo definitivo, por no poseer parqueadero privado disponible, se deberá informar a la administración y se le cobrara al residente propietario del vehículo una mensualidad como arriendo, previa autorización del consejo de administración.
- Está prohibido dejar vehículos en los parqueaderos de visitantes hasta el día siguiente, excepto previa solicitud y aceptación de la administración.
Zonas comunes
- Los propietarios y residentes podrán hacer uso de los bienes comunes del edificio conforme con su naturaleza y destinación ordinaria, con el cuidado y moderación necesaria, sin perturbar el uso legitimo que corresponde a los demás.
- Los implementos de las zonas comunes, son un patrimonio del edificio, por lo tanto deberán ser tratadas con cuidado. De tal forma que los daños ocasionados por el maltrato deberán ser pagados por los responsables, o sus padres en caso de ser menores.
- En caso de que el daño sea causado por un visitante, será cancelado por el propietario o el residente que autorizó el ingreso.
- No se podrá obstaculizar el acceso a las zonas comunes, o utilizarse como sitio de almacenamiento o bodega.
- Las zonas comunes, a excepción del salón social, no se podrán utilizar como sitios de reuniones o destinarlas para cualquier otro fin que cause molestias a los demás propietarios o residentes, ni para realizar eventos o fiestas personales, o consumo de bebidas alcohólicas.
- Está prohibido hacer comidas o asados en las zonas comunes del Edificio, incluyendo el salón social.
- Se prohíbe el uso de patines, patinetas y bicicletas en las zonas de acceso al edificio y parqueaderos privados.
- Se prohíben el juego de balones, pelota y similar en las zonas de circulación vehicular.
- Se prohíbe el consumo, dentro de las zonas comunes de sustancias estufacientes y psicotrópicas o bebidas alcohólicas.
- No ubicar materas o elementos de decoración en el hall o pasillo comunes.
Reformas
- Cuando se pretenda introducir a la propiedad de dominio exclusivo cualquier modificación, el propietario que se propone adelantarlas, deberá someter los planos al consejo de administración ( o a la asamblea, según sea el caso) quienes deberá autorizar por escrito, si con ello no se compromete la seguridad y solidez de la edificación, ni se afecta la salubridad, los servicios comunes y fachada de la misma. Antes de dar la autorización, el consejo verificara si el propietario se encuentra a paz y salvo con la copropiedad y si obtuvo la aprobación de las autoridades (curaduría y planeación) en los casos en que este sea necesario.
- Toda reforma que afecte la fachada del Edificio debe ser aprobada la asamblea de copropietarios.
- No esta permitido cambiar el color y forma de las fachadas, balcones y en general cualquier estructura que modifique la uniformidad del edificio.
- Las rejas para ventanas exteriores y puerta vidriera deberán ser colocadas en el interior del inmueble y no sobre la fachada exterior.
- Las rejas de protección a las puertas de acceso principal a los inmuebles, podrán ser colocadas en el interior del marco de la misma, no por fuera de ésta.
- Las puertas de acceso principal al inmueble no podrán ser cambiadas por ningún motivo.
- La construcción de domos en terrazas de los apartamentos se deben hacer de acuerdo con la ficha técnica y planos aprobados por la asamblea de copropietarios.
- No se podrán instalar equipos de aire acondicionado, cuando sea necesario romper la fachada, salvo autorización por escrito de la asamblea de copropietarios, para lo cual deberá presentar los planos de ubicación del equipo, especificaciones técnicas del mismo y sistemas de desagüe.
- Si va a realizar reformas en el interior del apartamento debe tener en cuenta los siguientes aspectos :
- Para el ingreso de trabajadores se debe entregar la fotocopia de la cédula de ciudadanía de cada trabajador y un memorando de autorización del ingreso con el número del apartamento y el nombre del propietario en la portería. En caso de faltar estos documentos no se permitirá el ingreso de trabajadores. Asimismo, se debe informar cuando se finalicen los trabajos.
- Los horarios para los trabajos en el Edificio son de lunes a viernes de 8:00 am a 6:00 pm y los sábados de 8:00 am a 12:00 pm. Lo anterior, para evitar disturbios a los demás residentes.
- Las basuras y/o escombros de la reforma deben ser botadas por cada propietario, no se permite tirar escombros por el chute ni dejarlos en las zonas comunes del edificio. En caso de dejarlos en las zonas comunes la administración los botará y cargará el valor de dicho trabajo en la cuenta de administración.
- Los escombros debidamente empacados en costales se podrán ubicar en el parqueadero de su propiedad, por un plazo no superior a 8 días calendario.
- Los daños causados en áreas privadas o comunes que resulten de esta reforma, deben ser reparados por cuenta de quién los causó.
Manejo de desechos y escombros
- En las zonas comunes existe canecas para las basuras menores, con el fin de mantener limpia la unidad. Evitemos arrojar basuras al piso.
- Al depositar la basura en el chute, ésta debe ir almacenada correctamente en bolsas plásticas, debidamente selladas o marcadas y en tamaño adecuado que no causen daño al ducto. No se deben arrojar basuras grandes, palos, escombros, vidrios o botellas.
- Los productos reciclables deben ser colocados en la caneca para tal fin situada en el sótano, en bolsa verde, debidamente sellada. O debe ser dejada en el cuarto de basuras, no se debe arrojar por el chute de basuras.
- No arrojar colillas de cigarrillos, escurrir traperos, escupas, basuras o cualquier otro tipo de objetos por las ventanas y balcones.
- No se permite barrer hacia los puntos fijos, así conservaremos éstos aseados.
- Los escombros provenientes de reformas locativas de bienes privados, son responsabilidad de cada propietario o residente y a él corresponde su manejo, y no podrán utilizar los parqueaderos y zonas comunes para depositarlos.
Contaminación visual y por ruido
- En las fachadas del edificio se prohíbe colocar cables y antenas de televisión u otros.
- Esta prohibido colgar ropa, sábanas, tapetes y demás en ventanas, balcones o zonas comunes del edificio.
- No está permitido colocar avisos, carteles o afiches en las ventanas así como en la puerta de acceso de los apartamentos u oficinas, salvo autorización de la administración.
- No se debe perturbar la tranquilidad general de los demás propietarios y residentes con fiestas, escándalos, gritos estridentes, alto volumen de los equipos de sonido, televisión o cualquier otro tipo de aparato.
- Debemos respetar al propietario o residente de los pisos inferiores, evitando ruidos fuertes en el piso del apartamento, tales como correr, saltar, bailar, taconear, golpear con objetos pesados, etc. que puedan perturbar su tranquilidad.
- No se permiten fiestas o reuniones en los apartamentos con alto volumen de la música y hasta altas horas de la noche.
Manejo de ascensores
- Del buen manejo y cuidado que demos a todos los equipos que tiene la unidad, como es el caso del los ascensores depende de su efectivo funcionamiento y durabilidad.
- Los ascensores no son objeto de juego para diversión de menores y jóvenes con el objeto de subir y bajar en forma continua, ni para hacerle pruebas de resistencia, ya que para tal fin existen unos técnicos especializados.
- Esta totalmente prohibido fumar dentro de los ascensores.
- Únicamente se puede tocar el botón de alerta cuando la ocasión así lo amerite, para que las personas que están capacitadas para dar atención a dicha alerta lo puedan hacer más efectivamente. Recuerde que una falsa alarma puede ocasionar traumas en muchos aspectos y por ende verse deteriorado el servicio de vigilancia en la unidad.
- En caso de temblores o similares no se debe utilizar el ascensor.
- Cuando se realice un trasteo se debe informar a la administración para ponerle el protector, y en caso de ocurrir cualquier daño al equipo, se deberá pagar el valor del arreglo por parte del residente o propietario.
- En caso de requerir la detención del ascensor por largo tiempo para cargar material o equipos, pida apoyo a un empleado de la copropiedad. El horario de este uso se encuentra limitado.
Sauna y Turco
- Para poder disfrutar del sauna y el turco deberá ser residente de los apartamentos, estar a paz y salvo con la administración y no tener ninguna sanción al respecto.
- Las personas que usen el sauna y turco deberán acatar y respetar su reglamento interno, que se encuentra al ingreso de los mismos, de lo contrario podrán ser retirados, amonestados y/o sancionados temporalmente para el uso de éstos.
- El horario de uso del sauna y del turco es de 6:00 a 9:00 am y de 6:00 a 9:00 pm de lunes a viernes y de 10:00 a 12 a.m y de 4:00 a 9:00 pm los sábados, domingos y festivos.
- Todo menor de 12 años que desee hacer uso del sauna y turco tendrá siempre que estar acompañado por un adulto responsable, en todo caso cualquier accidente que le ocurra será responsabilidad de sus tutores.
- Está prohibido ingerir alimentos o golosinas de cualquier tipo dentro del sauna y turco.
- No esta permitido colocar aparatos de audio a altos volúmenes en el sauna o el turco, de tal forma que el ruido producido por ellos pueda perturbar el disfrute y descanso de otros miembros de la comunidad que estén en dicho lugar o en los apartamentos ubicados alrededor.
- Esta totalmente prohibido ingresar al sauna y turco bebidas alcohólicas, alucinógenos, estupefacientes, o cualquier tipo de sustancias sicosomáticas.
- Sólo se permite el ingreso de 3 invitados por apartamento al sauna y turco. Todo propietario que arriende su apartamento cede el derecho al uso de las zonas comunes al arrendatario, es decir, si desea disfrutar de estas zonas lo debe hacer en calidad de invitado.
- Todo propietario o residente que incumpla con cualquiera de las normas anteriores se le llamará la atención, será amonestado por escrito o se le suspenderá temporalmente el uso de los mismos. Asimismo, deberá cancelar la sanción en dinero que le sea impuesta de acuerdo con la relación anexa al final de este documento.
Salón social
- Para gozar del beneficio de uso del salón social deberá ser residente de los apartamentos, estar a paz y salvo con la administración y no tener ninguna sanción al respecto.
- Para prestar el salón social se deberá hacer una reservación en la portería o administración con 3 días de anticipación.
- Con el fin de evitar inconvenientes, no se prestará el salón social los días 24, 25 y 31 de diciembre y el 1 de enero.
- El horario del salón social es de 6:00 am a 12:00 pm todos los días.
- El valor del alquiler del salón social para fiestas y reuniones es de $10.000 y se debe dejar un depósito en la portería de $30.000, para cubrir posibles daños o pérdida de sillas o mesas. En caso de no haber daños y estar completo el inventario de sillas y mesas, el depósito será devuelto al día siguiente.
- No se permiten minitecas o equipos de sonido con alto volumen de la música.
- Todo menor de 12 años que desee hacer uso del salón social tendrá siempre que estar acompañado por un adulto responsable, en todo caso cualquier accidente que le ocurra será responsabilidad de sus tutores.
- No se permite cocción de alimentos dentro del salón social.
- El salón social debe ser entregado en perfecto estado y completamente limpio, en caso contrario será aseado por la administración y el costo se descontará del depósito.
- Los adornos sólo deben pegarse en los ganchos colocados para tal fin, no en las paredes o puertas.
- Todo propietario o residente que incumpla con alguna de las normas impuestas arriba será sancionado con el uso del salón social por un periodo de 6 meses, si hay reincidencia la sanción será de 1 año. Además, deberá cancelar la sanción en dinero que le sea impuesta de acuerdo con la relación anexa al final de este documento.
Mascotas
- Se debe presentar ante la administración el certificado actualizado de salud respectivo, donde conste el cumplimiento de todas y cada una del vacunas necesarias, expedida por un veterinario titulado o centro veterinario legalmente constituido.
- No podrán circular por las zonas comunes del edificio. Si por cualquier motivo en forma ocasional transitaren por tales zonas comunes, lo deberán hacer acompañados por sus propietarios y con las respectivas medidas de seguridad, a saber : Cadenas, collares, jaulas, entre otras.
- Los desechos orgánicos deben ser recogidos por sus dueños, el personal de aseo del Edificio no tiene asignada esta función.
- No deben llevarse a las zonas comunes del Edificio a depositar sus desechos orgánicos, si esto ocurre se deben limpiar y botar.
- Se deben controlar los ruidos producidos por las mascotas, de tal forma que no perturben la tranquilidad de los demás propietarios o residentes vecinos.
- Si una mascota llega a atacar a una persona, el propietario se hace plenamente responsable y asumirá todas las consecuencias que se deriven, tales como gastos médicos, clínicos, quirúrgicos, etc. Y además de responsabilidad civil. Esta prohibido tener mascotas de cierta raza que son considerados de ataque, y que pueden atentar contra la integridad física de los residentes.
Techos, antenas de televisión y otros
- Esta prohibido el ingreso de cualquier propietario o residente a la planta de techos y terrazas de tanques, sin autorización de la administración.
- Para instalar una antena de televisión o de radio externa se necesita la autorización y supervisión de la administración.
- Para la instalación de televisión por cable o suscripción, se debe usar los buitrones para tender los cables, y no la fachada del edificio.
- Cualquier daño producido en el techo, en la terraza o en cualquier otra parte debido a la instalación de una antena será a cargo y responsabilidad del propietario del inmueble que colocó la antena.
3. RECOMENDACIONES ESPECIALES
Seguridad
El edificio cuenta con personal, controles y equipos para brindar seguridad a sus residentes. Sin embargo, es importante recordar que la mejor medida de seguridad radica en la colaboración y participación activa de los residentes en las normas y programas.
La propiedad horizontal no puede responder por los hurtos presentados en la misma, salvo que se demuestre un actuar culposo o doloso de uno de sus empleados, caso en el que se llamaría a la empresa aseguradora que ampara este hecho para que responda y esto únicamente se realizaría en el transcurso de un proceso judicial que por responsabilidad sea interpuesto contra el edificio.
Como medidas de seguridad recomendamos :
- No autorizar el ingreso de personas desconocidas, como vendedores ambulantes, al Edificio.
- Colocar doble chapa a la puerta principal.
- Verifique al salir de su apartamento que la puerta quede debidamente cerrada.
- Infórmese de la localización y uso de extintores, en ningún caso pierda el control. Evite el pánico.
- Avisar inmediatamente cuando note personas sospechosas en la unidad, al igual que ruidos extraños en el apartamento vecino. Asimismo, denunciemos cualquier desacato al reglamento, o todo acto que vaya en deterioro de la unidad, recuerde que es nuestro patrimonio y de cada uno de nosotros depende que la urbanización se encuentre en perfecto estado SEA SOLIDARIO.
- De ser posible, tomar una póliza integral del hogar, ya que el pago de la administración no cubre estos riesgos.
- Evitar en lo posible, mantener joyas muy costosas y valores en efectivo en su apartamento y no divulgar lo que posee allí.
Si desea salir de vacaciones o dejar el apartamento sólo por un tiempo prolongado, se recomienda :
- Cerciórese de que la llave del gas quede bien cerrada.
- Cierre la llave del abastecimiento de agua del inmueble, la cual se halla ubicada en el punto fijo.
- Desconecte todos los electrodomésticos, excepto la nevera que debe ser colocada en el mínimo.
- Antes de salir, cerciórese de haber cerrado todas las ventanas y coloque doble llave a la puerta principal.
- Dejar en la portería el número telefónico de algún familiar o amigo a quien se pueda dar aviso en caso de una emergencia, así mismo el nombre y número de cedula de la persona autorizada. Por ningún motivo se le permitirá la entrada a personas que no estén autorizadas por escrito.
El edificio se encuentra cubierto por cuatro pólizas de seguros : Incendio, Terremoto, baja tensión y responsabilidad civil. El costo de las primas está incluido en el presupuesto anual de expensas comunes. El valor asegurado total del edificio es el valor de reposición de la copropiedad.
Si desea conocer en detalle la póliza del edificio, puede solicitarla a la administración.
Carros de Mercado
- Los carros de mercado ubicados en el pasillo del primer piso debe ser devueltos a su sitio habitual, pues hay otras personas que requieren utilizarlos. Estos carros no se deben utilizar para jugar.
Otras recomendaciones
- Evite regalar licor al personal que labora en la unidad, esto va en contra de los intereses de la unidad y los empleados.
- Se recomienda a los padres y adultos en general tener especial cuidado con los niños y jóvenes, vigilando que su comportamiento sea el mejor cuando estén fuera del apartamento donde habitan, jugar en los sitios adecuados, no jugar en el ascensor, no rayar paredes y pisos, atender los llamados de atención de los adultos. Toda la comunidad adulta en general debe dar ejemplo de comportamiento, de acatamiento al reglamento y respeto con todas las personas que integran el edificio.
- Cualquier sugerencia, reclamo y anotación en general, favor hacerla por escrito y entregarla a la administración.
- Solicitamos encarecidamente no dejar fuera de los apartamentos, bicicletas, triciclos, patines y demás objetos de valor, en todo caso la administración no se responsabiliza por la pérdida de estos objetos.
- Todo visitante debe ser anunciado por citófono para una mayor seguridad.
- Para mantener la valorización y el buen nombre del edificio es fundamental hacer una buena selección de los arrendatarios, si lo hace por intermedio de una agencia de arrendamientos, verifique que ésta sea una agencia reconocida por su responsabilidad y seriedad.
- Los servicios de leche, prensa y gaseosas son para el beneficio de todos. Haga un uso adecuado de ellos siendo oportuno en los días que destinan para atender los pedidos y con los pagos de ellos. Para encargar leche o gaseosas se debe dejar el dinero en la portería desde el día anterior.
- SANCIONES Y MULTAS
El consejo de administración y la administración del Edificio apoyados en el Reglamento de Propiedad Horizontal capitulo II, Artículo 91 (Clases de sanciones por incumplimiento de obligaciones no pecuniarias) estableció el siguiente cuadro de multas en dinero a las infracciones mas recurrentes en el Edificio.
En todo caso es potestad del consejo de administración y del comité de convivencia determinar el tipo de sanción a aplicar cuando la ocasión o el tipo de infracción lo ameriten, así no esté estipulada en el siguiente cuadro, siempre y cuando no vaya en contravía de la ley y del reglamento de propiedad horizontal.
Es importante anotar que si después de las llamadas de atención por escrito y la aplicación de las multas se continúa con la infracción, se acudirá ante las autoridades competentes.
A continuación se presenta el cuadro de sanciones y multas :
INFRACCIÓN | VALOR MULTA |
Hacer ruidos y fiestas escandalosas tanto en zonas comunes como privadas. Por primera vez Por segunda vez Por tercera vez y subsiguientes. |
Amonestación por escrito $22.000 $44.000 |
Incumplimiento del reglamento para mascotas. Por primera vez Por segunda vez Por tercera vez Por cuarto vez |
Comunicación escrita $22.000 $44.000 Expulsión de la mascota |
Arrojar basuras, escupas u objetos por las ventas y balcones. Reincidencia. |
$5.000 $15.000 |
Extender ropas en ventanas y balcones. Reincidencia. |
$10.000 $30.000 |
Incumplimiento en el horario y reglamento de : salón social y sauna y turco. Reincidencia. |
(Más prohibición de uso) $40.000 $100.000 |
Mal uso de los equipos y muebles del salón social. Reincidencia. |
(Pago de daños por aparte) $20.000 $40.000 |
Consumo en las zonas comunes de sustancias estupefacientes psicotrópicas o bebidas alcohólicas. Por primera vez Por segunda vez y subsiguientes |
Desalojo de la zona común y una multa de una cuota de admón. Desalojo de la zona común y una multa de dos cuotas de admón. |
Conducción de vehículos por menores de edad en los parqueaderos. Por primera vez Por segunda vez y subsiguientes. |
(Pago de daños por aparte) $22.000 $44.000 |
Utilización de los parqueaderos privados para : Colocar música, lavar carros y hacer reparaciones mecánicas. Por primera vez Por segunda vez y subsiguientes |
Amonestación por escrito $44.000 |
Utilización del parqueadero como depósito. Por el primer día Por el segundo día y subsiguientes hasta el quinto día. Después del quinto día |
$10.000 $15.000 diarios. $50.000 y le serán retirados los objetos. |
Mal uso del ascensor y/o carros del mercado. Reincidencia. |
$10.000 $20.000 (Pago de daños por aparte) |
Mal manejo de basuras, desechos y escombros. Reincidencia. |
$10.000 (Pago de botada de escombros por aparte) $20.000 |
- SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Para mantener armonía y sana convivencia en el Edificio, debe primar entre todos los residentes del Edificio el sentido de la conciliación y el bienestar colectivo. Las normas generales, el comportamiento de los usuarios y las gestión administrativa buscarán evitar los conflictos. Cuando se presenten se buscará primero una solución directa entre sus implicados. De no ser posible esta vía, se podrá acudir a mecanismos alternos como la amigable conciliación y de ser necesario, la mediación de un tribunal de arbitramento.
El consejo de administración y el comité de convivencia serán los encargados de verificar y calificar el incumplimiento de las normas, para decidir las sanciones a aplicar. El consejo valorará la intencionalidad del acto, la imprudencia o negligencia, así como las circunstancias atenuantes y atenderá criterios de proporcionalidad y graduación de las sanciones, de acuerdo con la gravedad de la infracción.
La imposición de una sanción debe ser solicitada al consejo de administración por escrito, por un propietario, arrendatario o por el administrador.
Una vez recibida la solicitud de sanción, el consejo citará la persona o entidad sobre la cual existe la queja, para escuchar sus descargos. Luego, el consejo notificará por escrito su decisión. En caso de no estar de acuerdo con ésta, quién solicitó la sanción o el sancionado podrán interponer un recurso de reposición ante el consejo de administración y el comité de convivencia para tomar una decisión final.
Clases de sanciones
El consejo podrá decidir aplicar una o varias de las siguientes sanciones :
- Publicación del nombre de los infractores y la norma incumplida.
- Amonestación verbal o por escrito.
- Imposición de multas sucesivas que no podrán ser superiores, cada una, al valor de la cuota de administración mensual a cargo del infractor. En todo caso, las multas sumadas no podrán exceder de diez veces el valor mensual de la cuota de administración a cargo del infractor.
- Cancelación temporal de algunos servicios.
Este Manual de Convivencia Interno fue elaborado, discutido y aprobado por el consejo de administración reunido el día de 10 de diciembre 2003.
Este manual rige a partir del día 1 de enero de 2004.