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Formas de Pago

Para llevar un adecuado control de los pagos de las cuotas de administración y ofrecer múltiples opciones de pago a los propietarios. La copropiedad cuenta con los siguientes medios de pago:

Sucursal Bancolombia

Para realizar el pago de la administración por medio de una oficina de Bancolombia proporcione el número de la cuenta de la copropiedad y su número de apartamento.

Cuenta Corriente Bancolombia: 230-63208791.

Debe enviar el soporte de pago a la administración por medio de: www.next-one.com.co – sección transacciones – reporte de pagos. Puede pedirle al cajero que le ponga el número de su apartamento en lugar de su cédula como referencia.

Sucursal Virtual Bancolombia

Para realizar el pago de la administración por medio de la Sucursal Virtual de Bancolombia debe inscribir el número de la cuenta de la propiedad con el NIT.

Número de cuenta: 230-63208791 Corriente

Número de NIT: 900.385.483

Una hora después de realizada la inscripción podrá realizar el pago y ya la cuenta quedará inscrita para realizar el pago los meses siguientes, cuando se inscribe la cuenta de este modo no queda registrada con ninguna referencia y deberá enviar el comprobante de pago a la administración por medio de: www.next-one.com.co – sección transacciones – reporte de pagos.

Botón PSE – Pago en Línea

Para realizar su pago por medio de PSE da clic aquí o ingresa a la sección transacciones, selecciona el botón de Sucursal Virtual, en el interior selecciona Pago  en Línea, luego selecciona el nombre de tu unidad, diligencia el formulario que aparece a continuación y sigue las instrucciones del sitio web para realizar la transacción.

 
 

Información General

Estos datos pueden serle útiles si necesita información general de su copropiedad

Dirección: Calle 17C Sur #44-38
Teléfono de la portería: 321-88-20
NIT: 900.385.483- 0

Normatividad

Conoce las normas y disposiciones que deben acatarse para una buena convivencia en comunidad.

 
 

Normatividad sobre reformas

Señor propietario,

La administración se permite recordarle algunas normas y disposiciones que deben acatarse respecto a las reformas y reparaciones en los apartamentos, las cuales están contenidas en el manual de convivencia del Edificio:

REFORMAS

  • No se podrán realizar obras de ampliación, reformas o modificaciones que comprometan las estructuras, seguridad, salubridad y la estética del conjunto, así mismo, la parte externa de las fachadas frontal o aquellas que dan a zonas comunes.  Tampoco es permitido pintarlas y decorarlas con tonalidades diferentes a las existentes, a menos que se trate de una reforma general aprobada por la Asamblea de copropietarios y posteriormente por la Curaduría.
  • Cuando se pretenda introducir a la propiedad de dominio exclusivo cualquier modificación, el propietario que se propone adelantarlas, deberá someter los planos al consejo de administración (o a la asamblea, según sea el caso) quienes deberán autorizar por escrito, si con ello no se compromete la seguridad y solidez de la edificación, ni se afecta la salubridad, los servicios comunes y fachada de la misma. Antes de dar la autorización, el consejo verificara si el propietario se encuentra a paz y salvo con la copropiedad y si obtuvo la aprobación de las autoridades (curaduría y planeación) en los casos en que este sea necesario.
  • Toda reforma que afecte la fachada del Edificio debe ser aprobada por la asamblea de copropietarios.
  • No está permitido cambiar el color y forma de las fachadas, balcones y en general cualquier estructura que modifique la uniformidad del Edificio.
  • Las rejas para ventanas exteriores y puerta vidriera deberán ser colocadas en el interior del inmueble y no sobre la fachada exterior.
  • Las rejas de protección a las puertas de acceso principal a los inmuebles, podrán ser colocadas en el interior del marco de la misma, no por fuera de ésta.
  • El diseño, color y forma de las puertas de acceso principal al inmueble no podrán ser cambiadas por ningún motivo.
  • No se podrán instalar equipos de aire acondicionado, cuando sea necesario romper la fachada, salvo autorización por escrito de la asamblea de copropietarios, para lo cual deberá presentar los planos de ubicación del equipo, especificaciones técnicas del mismo y sistemas de desagüe.
  • Si va a realizar reformas en el interior de la apartamento debe tener en cuenta los siguientes aspectos :
  • El residente responsable de los trabajos, deberá llenar el FORMATO PARA REPORTAR REFORMAS AL INTERIOR DE UNA APARTAMENTO que se le entregará en portería y en el cual deberá informar el tipo de trabajo a realizar, la fecha, un listado con los nombres y números de cédula del personal contratado.  Lo anterior, para llevar a cabo el control de ingreso y salida de estas personas por parte del personal de vigilancia.
  • En caso de que la persona autorizada para ingresar temporalmente a prestar un servicio (reparaciones, mantenimientos, cotizaciones, domicilios), requiera sacar algún artículo o material, en portería se le entregará el FORMATO PARA AUTORIZAR SALIDA DE ARTICULOS DE LOS APARTAMENTOS, con la hora de ingreso y los datos del trabajador, que hará firmar de la persona responsable de la apartamento, anotando los elementos autorizados a retirar.
  • Los horarios para los trabajos en el Edificio son de lunes a viernes de 8:00 am a 6:00 pm y los sábados de 8:00 am a 12:00 pm. Lo anterior, para evitar disturbios a los demás residentes.
  • Las basuras y/o escombros de la reforma deben ser botadas por cada propietario, no se permite tirar escombros por el shut ni dejarlos en las zonas comunes del Edificio. En caso de dejarlos en las zonas comunes la administración los botará y cargará el valor de dicho trabajo en la cuenta de administración.
  • Los escombros debidamente empacados en costales se podrán ubicar en el parqueadero de su propiedad, por un plazo no superior a 8 días calendario.
  • Los daños causados en áreas privadas o comunes que resulten de esta reforma, deben ser reparados por cuenta de quién los causó.

REPARACIONES

  • Todo propietario o residente deberá ejecutar de inmediato las reparaciones en su apartamento, que estén ocasionando o puedan ocasionar perjuicios a los bienes comunes del Edificio o a los bienes privados de otros propietarios.
  • En caso de que algún residente o propietario, transcurridos 30 días, no realice la reparación, la administración mediara para ejecutar los trabajos y luego hará los respectivos cobros, previa notificación por escrito del evento y su valor.